José Ramón Blanco Balín, acusado en caso Gürtel por lavado de dinero, es socio en empresa de Pdvsa

Por: Fiorella Perfetto

El plan se cumplió y avanza según lo acordado. La línea de tiempo que transita la recién creada empresa mixta Petrosur, S.A, da fe de que aquellas sentencias 155 y 156 promulgadas por la Sala Constitucional del TSJ por las cuales el país se lanzó a las calles con las consecuencias ya conocidas, forman parte de una operación para alejar del ojo escrutador de la Asamblea Nacional — el órgano natural para ejercer funciones de control sobre la administración pública — la constitución de esta sociedad “en los términos y condiciones presentados por el presidente de la República”.

Las sentencias 155 y 156 conformaron un maridaje para, bajo la condición de “desacato” en la cual permanece la Asamblea Nacional, sea el mismísimo presidente de la República quien remita su decisión a la Sala Constitucional del TSJ para darle el visto bueno a la creación de esta y aquellas empresas mixtas que desee constituir para operar en el sector petrolero venezolano.

Así lo dice la Gaceta Oficial N° 41.190 publicada el 11 de julio de 2017, documento que recoge el proceso de creación de esta empresa mixta cuyo capital accionario se reparte entre la Corporación Venezolana de Petróleo (60%) — filial de Pdvsa encargada de negocios de la estatal petrolera venezolana con terceros nacionales o extranjeros — y Stichting Administratiekantoor Inversiones Petroleras Iberoamericanas (Ipisa) “para la producción, mejoramiento y comercialización de petróleo crudo pesado y extra pesado en el área denominada Junín 10 de la Faja Petrolífera del Orinoco”, ubicado en el municipio José Gregorio Monagas al sur del estado Anzoátegui.

Gaceta Oficial, se formaliza la constitución de la empresa mixta Petrosur, S.A

La promulgación de estas sentencias la primera, la 155, publicada el 27 de marzo y la 156, dos días más tarde, el 29 de marzo de 2017, se dieron a menos de una semana de que la junta directiva de Pdvsa sometiera a consideración la suscripción de un “memorándum de entendimiento” para la constitución de la empresa mixta Petrosur S.A, acuerdo que se estableció el 22 de marzo. Unos días después, la Sala Constitucional con ponencia del magistrado Juan José Mendoza Jover, extendió la alfombra de “legalidad” por la cual transita la nueva alianza.

Luego vendría una “corrección” de estas que dieron origen a dos nuevas sentencias, la 157 y 158 que más allá de suprimir un par de textos, en nada modifican el fondo de las mismas. Así, la Sala Constitucional ejecutará las funciones de control sobre la constitución de las empresas mixtas, atribuciones propias de la Asamblea Nacional, y será el presidente de la República el encargado de decidir la conformación de estas alianzas, tal y como cita el texto de la sentencia 156 el cual resuelve que “no existe impedimento alguno para que el Ejecutivo Nacional constituya empresas mixtas”.

Stichting Administratiekantoor Inversiones Petroleras Iberoamericanas, fue creada solo para Petrosur, S.A.

Ese extraño nombre que encabeza la denominación jurídica del nuevo socio de Pdvsa “Stichting Administratiekantoor” se refiere al término en holandés que se le asigna a una “fundación con fideicomiso” una figura que impide que la emisión de nuevos bonos por parte de una sociedad y que estos no sean deseados por los accionistas naturales de una fundación, lleguen a parar a otras manos. Estos serían depositados en un fondo de fideicomiso, que a su vez puede ser manejado por otra entidad. Esta figura jurídica permite ocultar a los verdaderos propietarios del negocio.

Entonces, “Stichting Administratiekantoor Inversiones Petroleras Iberoamericanas” es una fundación holandesa con fideicomiso llamada “Inversiones Petroleras Iberoamericanas” (Ipisa, por sus siglas). Según el registro oficial la sociedad fue creada el 19 de abril pasado, apenas unos días después de la promulgación de la sentencia 156, por parte de la Sala Constitucional del TSJ.

Figuran como administradores José Ramón Blanco Balín y dos individuos, John Willekes MacDonald y Jacob Broers, estos dos últimos imputados en España en la investigación que se le sigue al expresidente de la Generalitát de Cataluya Jordi Pujol por delito de blanqueo de capitales, entre otros. En los expedientes acusatorios se les refiere como expertos en la creación de empresas fantasmas para ocultar dinero sucio.

La nueva socia de Pdvsa es en todo caso el extremo de un cordón umbilical que le une a Arazen Investments Limited, una firma constituida en Islas Vírgenes Británicas. Pero es en “la madre patria” donde nace el andamiaje creado por el “consejero” delegado de la firma española “Inversiones Petroleras Iberoamericanas”, José Ramón Blanco Balín.

 

José Ramón Blanco Balín. Foto: cortesía

Pdvsa: un tiro al “Blanco”

Este empresario español, José Ramón Blanco Balín o Ramón Blanco a secas, como le tratan los medios españoles, es quien se erige como el representante de la firma holandesa ante el Gobierno venezolano, para asumir la responsabilidad accionaria del 40% de la empresa mixta Petrosur, S.A junto a Pdvsa. A pesar de la reciente data de creación de esa compañía en Holanda, la experiencia en el ámbito petrolero de Blanco Balín se remite a Repsol, en donde de la mano de Alfonso Cortina asumiría la vicepresidencia de la estatal energética española. Tampoco es cualquier cosa su presunta participación en una complicada trama de corrupción que toca de cerca a lo más cumbre de la política española.

“Ramón Blanco fue nombrado vicepresidente del grupo Repsol en el año 2002. El empresario fue imputado en el caso Gürtel y es considerado por la policía como la persona que montó la estructura en el extranjero que sirvió a Correa (Francisco), presunto cabecilla de la trama, para evadir capitales de procedencia corrupta”.

Esta es “la carta de presentación” que en 2013 el diario español El País hace del empresario a propósito de la creación de la compañía “Inversiones Petroleras Iberoamericanas” en ese país. Blanco Balín se asoció a Alfonso Cortina — familia cercana a negocios con empresarios venezolanos según medios españoles — en esta iniciativa, juntando la experiencia que a ambos les dio haber dirigido el destino de la estatal petrolera española Repsol, aunque el objeto social de “Inversiones Petroleras Iberoamericanas” apunta al negocio inmobiliario, lo que hace aún más confusa la relación entre el entramado de empresas detrás de Blanco Balín y el trato preferencial que ha recibido por parte de la presidencia de la República de Venezuela y de Pdvsa mereciéndole formar parte de una empresa mixta.

En la actualidad Blanco funge como apoderado de esta sociedad mientras que en la directiva está Luis Pelayo Cortina Koplowitz, sobrino de Alfonso Cortina.

 

Los nombres detrás de la sociedad no dejan dudas

Blanco, honor a su apellido

A Blanco Balín se le vincula con el famoso caso Gürtel (Correa, en alemán), que se inicia en 2007 con una denuncia hecha contra Francisco Correa, un empresario que se erigió como líder de una trama de corrupción política en España y que se extendió por las comunidades de Madrid, Valencia y Galicia, vinculada al Partido Popular (PP) español. Esta trama se entrelaza también con el famoso caso Bárcenas el cual destapó una red de sobornos y dinero no declarado a Hacienda por parte del Partido Popular.

Correa se encargó durante años de tejer una inmensa red de empresas que le permitió recibir el dinero desviado de las entidades públicas además de, por medio de sobornos, favorecer concesiones a sus empresas para lograr licencias para construir desarrollos urbanísticos. Estos operadores son figuras muy cercanas al expresidente español José María Aznar.

Y allí entra Blanco Balín, el cerebro de la red en el exterior para blanquear los dineros mal habidos producto de la corrupción, según se le acusa en los juzgados españoles. Fue el hombre de confianza de Correa, y ocupó numerosos cargos en sus empresas. Así presentó en 2014 el diario El País de España al hombre detrás de la empresa hoy socia de Pdvsa, por designación del presidente Maduro.

“Ha llegado a tener 21 cargos en 18 empresas, (…) Barclays, Ercros o NH Hoteles. A día de hoy (2014) todavía conserva cinco. Y es que después de su aparición como imputado — y en puesto relevante — en la trama Gürtel, las cosas ya no son como eran. Por ejemplo, en noviembre de 2010 cesa como apoderado en la Corporación Financiera Alcor, la sociedad patrimonial de Los Albertos — Cortina y Alcocer — que aglutina gran parte de sus acciones, con 44 millones de euros, en la constructora ACS. Llevaba en el cargo desde 1995”.

Blanco fue además vicepresidente de Repsol y está considerado por la policía como “el cerebro que tejió en el extranjero, en paraísos fiscales, la maraña de empresas que utilizó la red que dirigía Francisco Correa para blanquear el dinero que obtenía de las comisiones ilegales que pagaron empresarios para conseguir contratas públicas”, tal como cita el rotativo español.

Las empresas de Balín en España

En los registros públicos españoles, Blanco Balín sigue activo como representante en diversas empresas, entre ellas una homónima a la sociedad holandesa. Los vínculos llegaron a 43 empresas. Hoy son 18 en las que su nombre aparece como parte de sus estructuras societarias. Destaca Inversiones Petroleras Iberoafricanas, cuyo capital pasa los 600 mil euros tras un aumento realizado en 2016 o Moncaire, S.L dedicada al ramo de la agricultura, con un capital de 17 millones de euros y que tiene como socio único otra empresa del grupo Farlin, con sede en Sigapur. Es apoderado de sociedades en paraísos fiscales, principalmente en Islas Vírgenes Británicas y las Antillas Holandesas.

Se solicitó una reacción a Pdvsa sobre este tema. No hubo comentarios hasta el momento de publicación de este trabajo.

El origen del mal. Lo que dio pie al festín

El acto de desconocimiento de las atribuciones legislativas de la Asamblea Nacional vino condensado en dos sentencias — la 155 y la 156 — promulgadas la primera en apenas cuatro días después de la admisión y la segunda en menos de 24 horas, tiempo que le tomó a los magistrados de la Sala Constitucional del TSJ responder a dos peticiones que allanaron el camino para arrebatarle a los diputados electos por los venezolanos sus funciones legislativas y de control sobre la administración pública nacional.

La sentencia 155 respondió a un recurso de nulidad interpuesto por el diputado Héctor Rodríguez el 22 de marzo pasado por el “acuerdo sobre la Reactivación del Proceso de Aplicación de la Carta Interamericana de la OEA” que la Asamblea Nacional había aprobado en la sesión realizada el día anterior.

Así, el TSJ “ordenó” al presidente Maduro “ejercer las medidas internacionales que estime pertinentes y necesarias para salvaguardar el orden constitucional, así como también que, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y para garantizar la gobernabilidad del país, tome las medidas civiles, económicas, militares, penales, administrativas, políticas, jurídicas y sociales que estime pertinentes y necesarias para evitar un estado de conmoción; y en el marco del Estado de Excepción y ante el desacato y omisión legislativa continuada por parte de la Asamblea Nacional, revisar excepcionalmente la legislación sustantiva y adjetiva (incluyendo la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, la Ley Contra la Corrupción, el Código Penal, el Código Orgánico Procesal Penal y el Código de Justicia Militar…”, además de “evaluar” el comportamiento de las organizaciones internacionales a las cuales pertenece la República.

La sentencia 155 también advierte que la inmunidad parlamentaria ampara a los diputados de la Asamblea Nacional sólo “en los actos desplegados por los diputados en ejercicio de sus atribuciones constitucionales”, que no sería el caso si estos se encuentran en desacato.

Entretanto, la sentencia 156, apuntó a la extirpación de las funciones contraloras del Poder Legislativo en la constitución de empresas mixtas que “requerirán la aprobación previa de la Asamblea Nacional”, luego de que los apoderados de la Corporación Venezolana de Petróleo (CVP) — el órgano responsable de firmar los acuerdos que contraiga la estatal petrolera venezolana Pdvsa con terceros — solicitara un “recurso de interpretación” sobre la competencia de la Asamblea Nacional “para conocer y aprobar el establecimiento de las empresas mixtas”, figura jurídica impulsada por el fallecido presidente Chávez para captar nuevas inversiones en la industria petrolera.

Como era de esperarse, el TSJ interpretó la demanda a favor de la CVP con base al supuesto “desacato” en el cual se encuentra la Asamblea Nacional tras la negativa del ente legislativo de desincorporar a tres diputados de Amazonas en “franca desobediencia” de la sentencia número 260 del 30 de diciembre de 2015, emitida por la Sala Electoral del TSJ.

Entonces, sobre “la base de la omisión inconstitucional declarada” la Sala Constitucional decidió que no había impedimento alguno “para que el Ejecutivo Nacional constituya empresas mixtas en el espíritu que establece el artículo 33 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, a cuyo efecto el Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio de Energía y Petróleo, deberá informar a esta Sala de todas las circunstancias pertinentes a dicha constitución y condiciones, incluidas las ventajas especiales previstas a favor de la República. Cualquier modificación posterior de las condiciones deberá ser informada a esta Sala, previo informe favorable del Ministerio de Energía y Petróleo”.

Además decidió que “la Asamblea Nacional, actuando de facto, no podrá modificar las condiciones propuestas ni pretender el establecimiento de otras condiciones (…) y sobre la base del estado de excepción, el jefe de Estado podrá modificar, mediante reforma, la norma objeto de interpretación, en correspondencia con la jurisprudencia de este Máximo Tribunal” y “se advierte que mientras persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea Nacional, esta Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho”. Con esta decisión, la Sala Constitucional asumiría las funciones de la Asamblea Nacional.

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La “corrección” que no fue tal

“Esta sentencia es basura. La desconocemos”, dijo el presidente de la Asamblea Nacional, Julio Borges, desde las escaleras que conducen al interior del Palacio Federal Legislativo y acompañado de los legisladores, volvió pedazos el documento con las sentencias.

Un día después, el viernes 31 de marzo, la fiscal Luisa Ortega Díaz sacudió la opinión pública al declarar que las sentencias promulgadas por la Sala Constitucional del TSJ “rompen el hilo constitucional”. “En dichas sentencias se evidencian varias violaciones del orden constitucional y desconocimiento del modelo de Estado consagrado en nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, lo que constituye una ruptura del orden constitucional. Es mi obligación manifestar ante el país mi alta preocupación por tal evento”, completó.

El primero de abril, el TSJ publicó lo que se consideró como una “corrección” de las sentencias 155 y 156, “atendiendo el exhorto del Consejo de Defensa de la Nación” y así zanjar el “impasse” entre ambos organismos y se promulgaron dos nuevas sentencias, la 157 y 158.

La sentencia 157 suprimió el texto que hacía alusión a la inmunidad parlamentaria y también aquel que otorgó medidas extraordinarias al presidente de la República, pero mantuvo que los diputados incurrieron en traición a la patria y el juicio por esta Sala iniciado en contra de los legisladores por “atentar contra la estabilidad de la República”.

Por su parte, en la sentencia 158, la Sala Constitucional introdujo la condición cautelar al ejercicio de las funciones de la Asamblea Nacional, pero preservó la potestad — arrebatada al órgano legislativo- de la constitución de las empresas mixtas por parte del Ejecutivo, anulando de tajo las funciones de control propias del Poder Legislativo. El 11 de julio fue publicado en la Gaceta Oficial número 41.190 la autorización y aprobación por parte del TSJ de la creación de la empresa mixta Petrosur, “en los términos y condiciones que presentadas por el Presidente de la República”.

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